jueves, 2 de octubre de 2014

NO OLVIDEN SUS DERECHOS Y NUESTRAS OBLIGACIONES


El artículo 80 del ESTATUTO DEL FUNCIONARIO DOCENTE dice que :
"Los funcionarios no podrán servirse de su carácter de funcionario del Organismo en beneficio privado.
Asimismo no podrán influir directa o indirectamente en la decisión de asuntos de interés personal. (...)"

Lo recordamos porque es bueno reflexionar sobre nuestros compromisos en cada cosa que hacemos (los educadores también somos docentes), y es mejor aún que ustedes, estudiantes, sepan hasta donde podemos llegar en nuestras acciones, decisiones, palabras, consejos, y modalidad de vínculo con los y las alumnas.
Ni que hablar que ustedes pueden consultar y pedir ayuda en casos en que perciban este tipo de situación, se sientan rehenes de ella, o tengan la más leve impresión.
Pueden hablar con SU EDUCADORA, llamarla, pedirle que vaya hasta su casa, etc.
Nosotras estamos para ustedes específicamente y si colaboramos con los docentes y otros funcionarios es pensando en beneficiar siempre, a corto o largo plazo, a los estudiantes.

                                 Un abrazo.

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